Amplía Slim la brecha privatizadora en México

"Adquiere grupo español Caixa 20% de acciones de Inbursa" (La Jornada 16.10.08). La Caixa es accionista mayoritario (33%) de Gas Natural (GN), que es la segunda generadora eléctrica privada en México y la primera proveedora de dicho combustible. Por otro lado, Carlos Slim, el dueño de Inbursa, había comprado hace días el 15% de las acciones de GN en México. Slim ha recibido ya más de 100 concesiones de Generación eléctrica en México, para autoabastecimiento, distribuidas en toda la república, y además es contratista de Pemex y la CFE. La concentración de poder y el control por parte del sector privado sobre el sector energético es cada día más grave, solapado por el gobierno.



La perversa acumulación del capital globalizado

La concentración en unas cuantas manos del capital industrial y financiero avanza día a día, sin importar cuantas "regulaciones" o "candados" puedan imponerse. Hecha la ley, hecha la trampa, dice un viejo adagio. En México, la fantástica fortuna del millonario "mexicano" Carlos Slim lo ejemplifica. Dueño de una gran cantidad de empresas en sectores estratégicos (producción y servicios entre las que destaca Telmex) es a la vez dueño del Grupo Financiero Inbursa (GFI). La alianza de Slim con el poderoso grupo catalán La Caixa, no solo es económica sino también política, y permitirá a ambas ampliar la brecha privatizadora de la energía en nuestro país.
Mientras las "autoridades reguladoras" ni siquiera abren la boca, Inbursa y Caixa se limitaron a informar el aumento de sus capitales. Para evitar suspicacias, Inbursa se apresuró a aclarar que "la mayoría accionaria y la operación de GFI son y seguirán siendo mexicanas". ¡Claro! la normatividad vigente es lo suficientemente "benévola" como para impedir que nadie les pida cuentas. Y en último de los casos, para eso tienen a su servicio los costosos bufetes de abogados, expertos litigantes en las cortes internacionales de su elección.

Impunidad globalizada

El sistema financiero internacional, vive actualmente una cresta más de su estado de crisis permanente. Creado supuestamente para asegurar que cualquier país pudiera proveerse de dinero y financiar su economía, hoy está claro que su objetivo es y ha sido favorecer la acumulación de capitales.
Valga recordar que en México, luego de una historia de "desaciertos" cuyo clímax fue una terrible crisis económica, se realizó la expropiación bancaria realizada (José López Portillo, 1982) seguida de su inmediata e igualmente fulminante reprivatización (menos de una década después, entre junio de 1991 y julio de 1993), justo en el mismo período en que se negociaba el nefasto Tratado de Libre Comercio (TLC).
Impulsado por el cambio del "patrón oro" en EU que provocó la "dolarización" de las reservas a escala global, México, bajo el gobierno de Carlos Salinas de Gortari adoptó la medida. El "transparente" proceso de privatización entró en crisis en 1995, con una nueva caída de la banca ya reprivatizada, que conduciría a una nueva devaluación y obligó a una intervención salvadora de los bancos declarados insolventes, mediante crédito externo. La deuda así socializada, constituye un pesado lastre para el desarrollo nacional, para las próximas décadas.
En México, al menos durante los cuatro últimos gobiernos descaradamente neoliberales, es evidente que la renta petrolera ha servido para sostener en buena parte las precarias finanzas del estado, y con ello apuntalar la riqueza de unos cuantos. A ellos habría qué preguntarles:

Si vendemos el petróleo ¿cómo seguir rescatando a los banqueros?

Cuando la crisis zedillista, el banco central de México (Banco de México, banxico) entregó a la banca privada los fondos y divisas necesarios (todos y aún más) para darle "liquidez" y "solvencia". Son las mismas medidas que actualmente impulsa el Banco Mundial entre los estados miembros para solventar la crisis financiera mundial.
A partir de 2000, tocó a Vicente Fox consolidar la "extranjerización" de la banca, con la compra de Bancomer por parte de la española BBVA y de Banamex, por parte de Citibank, al menos esta última sin el pago de derechos. Vendría también HSBC a comprar Bital y Santander a comprar Serfin y así otros, hasta completar la "extranjerización" de la banca mexicana. Actualmente el capital dominante es español, seguido de EU.
El proceso arranca de la crisis de 1982, que provocó el endeudamiento del país y la suspensión de créditos, contraidos con bancos internacionales privados. Deuda que motivó diversas "reestructuraciones" hasta el punto en que Ernesto Zedillo terminó por "empeñar" la renta petrolera (en &&&).
Son los mismo bancos y grupos financieros que, mediante distintas asociaciones, participaciones, fusiones o cualquier otro nombre con que quieran disfrazar la concentración de poder de mercado y su control, que tienen una alta participación en el mercado energético de México actualmente, desempeñando no solo funciones estratégicas, sino también como contratistas, a través de sus distintas subsidiarias.
Esta es una tendencia generalizada y las repercusiones son catastróficas.

La vuelta del modelo de 1982

La primera consecuencia está en el aumento de la deuda pública, toda vez que el legislativo aprobó por unanimidad la Ley de ingresos 2009 que incluye un déficit de 11.9% del PIB, es decir, es la vuelta al esquema de endeudamiento cuyo control era -- se dijo por años--, una de las ventajas del modelo macroeconómico neoliberal.
La pregunta es cómo se hará para financiar en la práctica dicho "déficit", y en su caso, qué programas se recortarán si no se encuentran créditos suficientes o no hay forma de captar capitales extranjeros (supongamos que no se acepta la participación privada en Pemex).
Otro impacto ya visible es la baja de las reservas internacionales, entregadas a la especulación mediante "subastas" de carácter confidencial. Seguramente está en curso la fuga de capitales que acompaña normalmente a este efecto.
Pero el efecto más grave es, como en la crisis de 82, la intentona de reactivar del modelo de exportación de recursos (básicamente petroleros), para lo cual se está cocinando en express la reforma de Pemex.
Todo apunta a que aún la izquierda partidaria, carente de alternativas independientes y de clase, se alineará por la continuación del modelo vigente, aunque ello represente un mayor alejamiento de las luchas populares, que hoy tienen un carácter revolucionario.

Hoy más que nunca: ¡No a la privatización de Pemex!

Frente de Trabajadores de la Energía.

Grupo Democracia Revolucionaria

Privatización y energética furtiva

El dictamen con proyecto de decreto sobre la Ley de la Comisión Reguladora de Energía es plenamente inconstitucional y privatizador. En vez de desparecer a esta comisión, por ser lesiva a la nación, los senadores decidieron fortalecerla. La CRE ya desnacionalizó a la industria eléctrica, y parte de las fases con el gas natural; ahora ampliará sus facultades para continuar impunemente con la privatización furtiva, también en el transporte y distribución de productos petrolíferos y petroquímicos por medio de ductos e, incluso, de agrocombustibles.

Consideraciones legislativas

El 21 de octubre de 2008, las comisiones de energía y de estudios legislativos del Senado anunciaron que presentarían al pleno, para “primera lectura”, el proyecto de decreto sobre la Ley de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). El proyecto no se presentó ese día, se pospuso para el 23 con la finalidad de aprobarlo “con dispensa de trámite”.
Todos los partidos políticos presentaron en sus iniciativas energéticas la propuesta para reformar la Ley de la CRE, Todos coinciden en la necesidad de “contar con un (órgano) regulador con mayores atribuciones”. Esto significa “la ampliación del margen regulatorio” y el fortalecimiento de esta comisión privatizadora.
Según fue publicado por la Gaceta del Senado, No. 277, del 21 de octubre, “la extensión del objeto de la CRE se fundamenta en la firme convicción de que habrá beneficios (sic) tangibles (sic) para la población a partir de la regulación”. Los legisladores viven en un mundo fantasioso. La regulación aplicada a la fecha ha traído, como “beneficio tangible” para la población, sucesivos y hasta exorbitados aumentos a la electricidad y el gas, y nadie quiere esos “beneficios”.
Se indica, también, que “la regulación es un tipo de intervención del Estado esencial (sic) para el apropiado desarrollo económico nacional”. ¡Se trata de viles mentiras! Esa “intervención del Estado” se limita a otorgar permisos privados a las transnacionales y sus filiales para que hagan negocios. En nombre del Estado, la secretaría de energía (Sener) y ésta, a su vez, por medio de la CRE, se dedican a realizar trámites ilegales a favor de las corporaciones. Esa intervención no es esencial para el apropiado” desarrollo económico nacional, sino que, se trata de la cínica entrega de las funciones estratégicas constitucionales al capital privado extranjero.
Con el mismo entreguismo, las comisiones dictaminadoras propusieron que la CRE “tenga facultades de regulación más activa”. El FAP propuso, incluso, que se le otorgue a la CRE “mayor autonomía y capacidad de regulación”.
Como medida específica, el FAP propuso que la comisión presente un “informe anual” que incluya “un listado de los permisos otorgados y de las solicitudes de permisos no otorgados durante el año, y la fundamentación de las deliberaciones de las decisiones adoptadas”. Se trata, evidentemente, de una propuesta ridícula.

Proyecto de decreto

De entrada, el artículo 1 define a la CRE como un supra-poder indicando que se trata de un “órgano desconcentrado” de la Sener que,”gozará de autonomía técnica, operativa, de gestión y decisión (sic)”. ¿Para qué? Para entregar al capital extranjero el patrimonio energético de la nación.

a) Regulación eléctrica

El artículo 2 se refiere al objeto de la comisión, mismo que actualmente incluye “promover el desarrollo eficiente (sic) de las siguientes actividades:

“I. El suministro y venta de energía eléctrica a los usuarios del servicio público”. Este es un exceso y una ilegalidad porque, el suministro y venta de energía eléctrica corresponde a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
“II. La generación, exportación e importación de energía eléctrica que realicen los particulares”. Esto es inconstitucional porque la generación eléctrica es la fase más importante del proceso de trabajo eléctrico y se trata de actividades constitucionalmente estratégicas.
“III. La adquisición de energía eléctrica que se destine al servicio público”. Esta no tiene porqué ser función de la CRE, sino de la CFE y de Luz y Fuerza del Centro (LFC). Peor aún, es una función inconstitucional porque tales entidades deben “generar” la energía destinada al servicio público no “comprarla”.
“IV. Los servicios de conducción, transformación y entrega de energía eléctrica, entre las entidades que tengan a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica y los titulares de permisos para la generación, exportación e importación de energía eléctrica”. Esto también es inconstitucional porque la transmisión, transformación, control y distribución eléctrica son actividades constitucionalmente estratégicas.

Con base en las anteriores “atribuciones” la CRE ya desnacionalizó a la industria eléctrica de los mexicanos. Mediante 736 permisos privados, el 48.3% de la capacidad de generación eléctrica total a nivel nacional ya es privada.

b) Regulación del gas

Otras de las funciones se refieren a:

“V. Las ventas de primera mano de gas natural y gas licuado del petróleo;
“VI. El transporte y el almacenamiento del gas natural que no sean indispensables y necesarios para interconectar su explotación y elaboración;
“VII. La distribución de gas natural;
“VIII. El transporte y la distribución de gas licuado de petróleo por medio de ductos”.

Estas son funciones constitucionales de Pemex pero ahora son privadas porque están a cargo de permisionarios privados.
Se dice que “para los efectos de esta Ley, se entenderá por actividades reguladas las mencionadas en las fracciones anteriores”. Esto, cínicamente, implica que la tal regulación es privatización porque, en todos los casos, la CRE ha otorgado permisos privados a las transnacionales y sus filiales.
A la fecha, la CRE ha otorgado 200 permisos para la distribución, transporte y almacenamiento de gas natural, y de distribución y transporte de gas LP por medio de ductos. El país ha sido dividido en 15 regiones geográficas de distribución.
Sin embargo, estas “facultades” inconstitucionales NO fueron objetadas por ningún partido, al contrario, TODOS las apoyan. Más aún, ahora TODOS coincidieron en ampliar las funciones de la CRE en diversas actividades.

c) Nueva y adicional regulación

En el proyecto de decreto se renumeran algunas fracciones del artículo 2, SIN suprimir ninguna de las actuales funciones, para agregar:

“V. Las ventas de primera mano del gas, del combustóleo y de los petroquímicos básicos …
“VI. El transporte y distribución de gas, de los productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los petroquímicos básicos, que se realicen por medio de ductos, así como los sistemas de almacenamiento …
“VIII. El transporte y distribución de bioenergéticos que se realice por medio de ductos, así como el almacenamiento de los mismos, ...”.

Inicialmente, el PAN propuso que estas actividades se privatizaran directamente; el PRI que se contrataran con terceros por parte de las filiales de Pemex. Ambos partidos dijeron que habían retirado sus propuestas. Sin embargo, no es así, porque las introdujeron en los dictámenes sobre la Ley de la CRE y la Ley de Pemex. En el presente caso, adicionaron facultades a la CRE para “regular” tales actividades mediante el otorgamiento de permisos privados.

Amplían la privatización furtiva

Esto significa que los cinco burócratas de la CRE tendrá facultades para “regular” (privatizar) no solamente a la generación eléctrica, la distribución, transporte y almacenamiento de gas sino, también, el transporte de los productos petrolíferos (gasolinas, diesel, combustóleo, grasas, lubricantes) y productos petroquímicos “¡básicos!”. Esto es inconstitucional.
También tendrá facultades para “regular” el transporte y distribución de biocombustibles, así como su almacenamiento lo cual es inaceptable.
En todos los casos, la CRE otorgará permisos privados para realizar estas actividades. Esa es la “regulación” que hace esa comisión: otorgar discrecionalmente permisos privados a las transnacionales y sus filiales que lo solicitan. Además, la CRE seguirá obligando a Pemex a que ponga al servicio de los permisionarios privados la Red Nacional de Ductos que, ahora, incluirá a las redes de gasoductos y poliductos.
Respecto a las facultades otorgadas a la CRE para impulsar la privatización de los agrocombustibles se trata de un verdadero crimen contra la nación.

Autonomía para privatizar

La actual división del país en zonas geográficas territoriales para las transnacionales, ahora, se ampliará. Así lo indica el proyecto de ley en el artículo 3 referido a las atribuciones de la comisión.
“IX. Determinar las zonas geográficas exclusivas de distribución de los productos y actividades reguladas, conforme al artículo 2 de esta Ley, considerando los elementos que permitan el desarrollo rentable y eficiente de los sistemas de distribución;
“XIII. Aprobar y expedir modelos de convenios y contratos de adhesión para la realización de las actividades reguladas”.
Según esos modelos de contratos la CRE otorga a los permisionarios una cláusula según la cual, tratándose de controversias, pueden acudir al arbitraje internacional y, más aún, elegir al tribunal de su preferencia. Para ello, de acuerdo al artículo 4 del proyecto de decreto “La Comisión gozará de plena autonomía para emitir sus decisiones”.

Informe de la privatización

Para lograr el “consenso”, las comisiones “aceptaron” la propuesta del FAP y, en el artículo 7 se indicó como facultad del Presidente de la CRE: “VIII. Publicar un informe anual que deberá ser enviado al Congreso de la Unión y que deberá incluir … lo siguiente: un registro de los permisos otorgados durante el año; un listado de las solicitudes de permisos no otorgados durante el año; y la fundamentación (de) las deliberaciones adoptadas por los comisionados”.
Como parte de las supra-facultades de la CRE, se indica en el artículo 13 que, la propia comisión “interpretará y aplicará para efectos administrativos esta Ley”.
Este proyecto de decreto es, a todas luces, inconstitucional y plenamente privatizador. El “logro” del FAP consistente en que el presidente de la CRE presente un informe que contenga el listado de permisos privados otorgados, además de ridículo es una burla.
No se trata de que la CRE informe del incremento en la privatización de las funciones constitucionales estratégicas, ni de la pérdida creciente del patrimonio y recursos energéticos de la nación. Se trata de que NO haya permisos privados, por ser inconstitucionales, y de que se revoquen los actuales por la misma razón.
Si ahora la privatización en la generación eléctrica ya llega al 48.4% con 736 permisos vigentes en todas las modalidades privatizadoras, mañana que sea mayor ¿podrán decir el FAP, y sus “expertos”, que se trata de “un logro” al conocer el listado de permisos otorgados?

Privatización de TODAS las fuentes de energía

Al aprobarse las reformas al artículo 33 de la Ley de la Administración Pública Federal (LOAPF) relativas a la Sener, todos los partidos acordaron que ésta tendrá las atribuciones para “regular las fuentes alternas a los hidrocarburos”. En su momento señalamos que son las renovables y las no renovables, varias de ellas apenas en desarrollo y que todavía no se utilizan en México, pero que ya quedarán privatizadas, algunas de manera absurda.
Esas fuentes alternas son: el carbón, el uranio, el torio, el plutonio, el hidrógeno, el helio, el litio (elemento energía), el agua (ordinaria, pesada y tritiada), el vapor terrestre (geotermia), la energía oceánica (mareomotriz), el viento (y altos vientos), y la radiación del Sol.
En su voracidad privatizadora, las comisiones del Senado incluyeron en el dictamen sobre la Ley para las Energías Renovables, también, a la biomasa e, incluso, a los “biocombustibles”, sin precisar si éstos serán a partir de caña de azúcar, maíz, trigo, cebada, palma de aceite, mostaza de Etiopía, o frutas (naranjas y manzanas) o, incluso, nopales y magueyes.
Se trata de la privatización porque las bases legaloides son las contrarreformas de 1992 a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), mismas que permite la generación eléctrica privada a partir de cualquier fuente primaria. A la fecha, la CRE ha otorgado varios permisos a las transnacionales y sus prestanombres para la generación eoloeléctrica, a base del viento, en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, así como diversos proyectos hidroeléctricos.
Esto empuja a los senadores a apoyar, unáminemente o por mayoría, el séptimo dictamen que han venido ocultando. La privatización de las fuentes de renovables de energía ya la lleva a cabo la CRE. Con el dictamen, serán explícitas las atribuciones de esta comisión encargada de otorgar los permisos privados.
Este decreto debe ser desechado pues es abiertamente privatizador e inconstitucional. Si los legisladores lo aprueban, “lograrán” violar flagrantemente a la Constitución.


Frente de Trabajadores de la Energía,
de México

Grupo Democracia Revolucionaria.

¡Sí hay privatización!

Los siete dictámenes del Senado sobre la reforma energética NO evitan la privatización eléctrica y petrolera, más aún, seis la permiten. Entonces, SÍ hay privatización. Contrariamente a lo expresado en los medios, políticos y “expertos”, los senadores incurren en hechos inconstitucionales, ratifican disposiciones legislativas regresivas y avalan la privatización energética furtiva.

Dictámenes inaceptables

Este 21 de octubre, frente a las instalaciones del Senado de la República, el FTE de México realizó un mitin para protestar contra los dictámenes, algunos ya proyectos de decreto, de las iniciativas energéticas, mismas que contravienen al Pacto político de la nación en materia de energía. En el evento fuimos acompañados por los compañeros del Frente de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo, de la Coordinadora de Trabajadoras en Defensa del Carácter Público del Agua, del Grupo de Acción Revolucionaria, de Unión Patriótica, compañeras de las brigadas del Valle de Toluca, así como, estudiantes, jóvenes y señoras de la resistencia popular.
En medio de un amplio despliegue policiaco, que mantuvo amurallado al Senado, seis oradores del FTE detallaron los términos de los actuales dictámenes y/o proyectos de decreto demostrando los puntos clave donde está el veneno de la privatización.
De entrada, se hizo una severa crítica a los senadores que se aprestan “a celebrar” lo que la nación rechaza. El FTE no comparte las opiniones de los “expertos” que justifican el trabajo parlamentario y omiten el fondo del asunto. Tampoco estamos de acuerdo con los políticos y asesores que miran los hechos desde lejos, vacilando a la “hora buena”.
¿Cuál es su problema? Mirar solamente la mitad de los fenómenos e ignorar, deliberadamente, la otra mitad. El FTE desea mirar la situación de conjunto, asumiendo todos los riesgos políticos. Lo más “bonito” es escuchar palabras gratas al oído, aunque no sean ciertas; para los políticos pragmáticos es difícil afrontar la realidad, ya que, alteraría sus planes electorales.
El FTE de México no tiene elevada jerarquía pero sí gran significación política. Varias décadas de intensa lucha y una coherencia a toda prueba, sin tener ningún interés particular, nos obliga a revisar a fondo los términos en que se está acordando la llamada reforma energética.
Lamentamos que, lo que hemos venido señalando, se confirme adversamente. No son nuestros dichos, sino los hechos, los que confirman un balance inicial desfavorable. En el mitin, el FTE dijo ante los presentes que, como siempre, lo que decimos lo demostramos.

Dictamen 1- Ley de la Administración Pública Federal (LOAPF)

Este dictamen se refiere a las reformas al artículo 33 de la LOAPF sobre las atribuciones de la secretaría de energía (Sener). A la Sener se le otorgan las facultades para:
“IV. Promover que la participación de los particulares en las actividades del sector sea en los términos de la legislación y de las disposiciones aplicables;
“VII. Otorgar, y en su caso, cancelar permisos y autorizaciones en materia energética, conforme a las disposiciones aplicables;
“XI. Regular y promover el desarrollo y uso de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, así como, proponer, en su caso, los estímulos correspondientes”.
Estas funciones son violatorias de los párrafos cuartos y sexto del artículo 27, y cuarto de los artículos 28 y 25, constitucionales. Las actividades del sector energético son “estratégicas”, a cargo exclusivo del Estado y la Sener NO tiene porqué promover la participación privada. La Constitución prohíbe el otorgamiento de concesiones y contratos, tanto en materia eléctrica como de hidrocarburos. La Sener NO tiene porque otorgar permisos y autorizaciones a los particulares.
Regular las fuentes alternas a los hidrocarburos implica a las fuentes de energía, renovables y no renovables. Estas fuentes sirven para la generación eléctrica, actividad “estratégica”, en la cual, la Constitución NO admite ninguna “regulación” (privatización).
Esas fuentes alternas son: el carbón, el uranio, el torio, el plutonio, el hidrógeno, el helio, el litio (elemento energía), el agua (ordinaria, pesada y tritiada), el vapor terrestre (geotermia), la energía oceánica (mareomotriz), el viento (y altos vientos), y la radiación del Sol.
Por lo demás, las “disposiciones aplicables” son las indicadas por la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), misma que conquistamos en 1995 al calor de la lucha de la Tendencia Democrática, y reformada regresivamente en 1992; y, la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LRRP), reformada inconstitucionalmente en 1995. Ambas “disposiciones” se ratifican ahora por los senadores.
¿Dónde está la constitucionalidad de este dictamen? No hay tal, al contrario, existe contradicción con lo dispuesto por la Constitución.

Dictamen 2- Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)

De acuerdo al dictamen, el objeto “fundamental” asignado a ésta CNH en el artículo 2º, es “regular (sic) y supervisar (sic) la exploración y extracción” de los hidrocarburos en cualquier parte del territorio nacional, sea en tierra firme o en el mar, incluyendo “el proceso, transporte y almacenamiento” relacionados con los proyectos de exploración y extracción.
En términos del mercado neoliberal, “regular” deviene en la práctica en “privatizar”. Así ha ocurrido en México con la energía eléctrica y el gas natural.
Las funciones de la CNH, indicadas en el artículo 4º del proyecto de ley, se refieren básicamente a la exploración y explotación (producción) de hidrocarburos (petróleo crudo y gas natural asociado). Estas funciones (exploración y producción) constituyen dos de las principales fases del proceso de trabajo petrolero. Estas actividades son “estratégicas” y no tiene porqué sujetarse a la “regulación”. Hacerlo tiene como propósito permitir la participación privada, por la vía del otorgamiento de contratos, de las transnacionales y sus filiales.
Entre las facultades de la CNH está:
“VI. Dictaminar técnicamente los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, previo a las asignaciones que otorgue la Secretaría de Energía, así como de sus modificaciones sustantivas. La ejecución de las obras, trabajos y servicios del proyecto y su funcionamiento se realizarán conforme a lo establecido en el reglamento correspondiente;
“XV. Emitir opinión sobre la asignación o cancelación de asignación de áreas para fines de exploración y explotación petrolíferas ….”.
Estas decisiones serían tomadas por cinco burócratas quienes, desde el escritorio, se encargarían también de determinar la política para la restitución de las reservas de hidrocarburos, las disposiciones aplicables a la exploración y extracción, la evaluación, verificación y cuantificación de las reservas de petróleo (sic).
Esta comisión, al igual que la Comisión Reguladora de Energía, son los instrumentos para concretar, vía la autorización de contratos y permisos, la privatización petrolera furtiva. Este dictamen, por tanto, es inconstitucional.

Dictamen 3- Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Este dictamen tiene menor relevancia que los demás y se refiere a la creación de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, misma que sustituirá a la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía.

Dictamen 4- Ley de la Comisión Reguladora de Energía (CRE)

Esta comisión es la responsable la desnacionalización a la industria eléctrica, al haber otorgado 736 permisos privados a las transnacionales y sus filiales. Esto significa que, el 48.3% de la capacidad de generación eléctrica total a nivel nacional, ya esta en manos privadas.
La CRE, también, ha otorgado 200 permisos privados para el transporte, distribución y almacenamiento de gas natural, así como, la distribución y transporte de gas LP por medio de ductos. Ahora, los legisladores proponen “otorgarle” más funciones reguladoras (privatizadoras), indicadas en el artículo 2º del proyecto de decreto, que incluyen:
“VI. El transporte y distribución de gas, de los productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los petroquímicos básicos, que se realice por medio de ductos, así como los sistemas de almacenamiento …
“VIII. El transporte y distribución de bioenergéticos que se realice por ductos, así como el almacenamiento de los mismo …
“IX. Determinar las zonas geográficas exclusivas (sic) de los productos y actividades reguladas …
Es decir, además de “regular” lo relacionado con la generación eléctrica y el gas natural, la CRE lo hará también con el transporte y distribución de petrolíferos, es decir, gasolinas, combustóleo y diesel, entre otros, así como, los productos petroquímicos básicos e, incluso, los agrocombustibles. Eso se hará mediante permisos privados otorgados por la CRE, en eso consiste la “regulación”. En materia de gas, las transnacionales se han repartido el territorio nacional en 15 zonas geográficas y lo mismo harán con las nuevas actividades “reguladas”.
Esta comisión “gozará de plena autonomía para emitir sus decisiones”, es decir, podrá seguir privatizando unilateralmente y a discreción. A propuesta del FAP se incluyó en el artículo 7º la obligación de la CRE de “VIII. Publicar un informe … que debe incluir, entre otros elementos … lo siguiente: un registro (sic) de los permisos otorgados durante el año ….”
Esto último es una burla que la CRE cumplirá al pie de la letra. Esa es una medida administrativa simple. Anualmente, la CRE informará que la desnacionalización energética cada vez será mayor. Sus decisiones están, y seguirán, basadas en una legislación inconstitucional y privatizadora. De acuerdo a este dictamen, la privatización furtiva seguirá y aumentará. Se trata, entonces, de un dictamen inconstitucional y privatizador.

Dictamen 5- Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LRRP)

Este dictamen se refiere a la ley reglamentaria petrolera. En el artículo 3º se indica lo que “constituye” la esta industria: lo mismo que se escribió en 1995 cuando ocurrieron las contrarreformas a la LRRP, basadas en las definiciones del Capítulo V. Energía y petroquímica básica, del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Norteamérica. Hoy, se vuelve a definir una industria petrolera basada en un proceso de trabajo parcial y fragmentado. Lo división artificial entre la llamada petroquímica “básica” y la “secundaria” se mantiene, para que ésta última siga privatizada. En la primera, ni siquiera se incluyó al “etileno”, como proponía el FAP.
Según el artículo 4º, el transporte, distribución y almacenamiento de gas natural, y gas LP; NO se consideran parte de la industria petrolera pudiendo, entonces, privatizarse como ya ocurre.
Para los legisladores de todos los partidos políticos, el gas natural, compuesto en un 95% por metano, NO es un hidrocarburo. Más aún, se agregó que “el gas asociado a los yacimientos de carbón mineral” se sujetará a las mismas disposiciones privatizadoras. De esta manera, la privatización furtiva del gas natural se ratifica y seguirá.
En el artículo 6º se establece que Pemex y sus subsidiarias “podrán celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios”. Esto contradice al párrafo sexto del artículo 27 constitucional. Se indican algunos procedimientos pero, en ningún, momento se eliminan los contratos, que incluirían a la exploración y producción de hidrocarburos. El contratismo implica la participación privada en las actividades del sector energético y, por tanto, constituye una vía de la privatización. NO se venden “activos” pero sí se transfieren funciones constitucionales, hecho prohibido constitucionalmente.
En el mismo artículo se indica que Pemex “no se someterá en ningún caso, a jurisdicciones extranjeras” pero, en el mismo párrafo, se dice que “los contratos podrán incluir acuerdos arbítrales conforme … a los tratados internacionales” lo que es una evidente contradicción.
El artículo 10º establece la obligación de Pemex para “prestar a terceros el servicio de transporte y distribución por medio de ductos”, es decir, el sistema nacional de ductos seguirá al servicio de las transnacionales, en los términos definidos por la CRE.
La “regulación de la industria petrolera” se indica en el artículo 11º “con la participación que corresponda a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos”. Esa “regulación” no es sino la autorización de concesiones y permisos privados en las actividades del sector eléctrico y petrolero.
Esas “autorizaciones” permanecen intocables, de manera que, podrán seguirse otorgando permisos privados. Con esa base, los Contratos de Servicios Múltiples (CSM) otorgados a las transnacionales para la producción de gas seco, y los Contratos de Servicios Integrales (CSI) que incluyen la perforación de pozos en tierra firme y en el mar, también por transnacionales, serían “legalizados”. El dictamen, en sus términos, es evidentemente inconstitucional.

Dictamen 6- Ley de Pemex

a) Fragmentación y desintegración del proceso de trabajo

Este dictamen es central para la industria petrolera, específicamente, Pemex. En el artículo 1º se indica que esta ley tiene su fundamento en lo establecido por la Constitución. Sin embargo, el artículo 2º dice que, Pemex realizará las actividades señaladas por la Ley reglamentaria, la cual fragmenta al proceso de trabajo petrolero en los términos indicados por el TLC.
El artículo 3º señala que Pemex “podrá contar con organismos descentralizados subsidiarios”, de manera que, lejos de integrarse la paraestatal será desintegrada más aún. Esto corresponde a la propuesta del PRI, supuestamente retirada, que incluye a filiales.
Pemex y sus organismos subsidiarios, de acuerdo al artículo 5º, “podrán celebrar … toda (sic) clase de actos, convenios, contratos (sic) y suscribir títulos de crédito …”. La celebración de “toda clase” de contratos contraviene lo dispuesto por el párrafo sexto del artículo 27 constitucional.
Según el artículo 6º, “los organismos subsidiarios … serán creados por el titular del Ejecutivo, a propuesta del Consejo de Administración”. Esto incluye, también, la creación de subsidiarias para la petroquímica secundaria, en caso de que fuese realizada por Pemex.
Al Consejo de Administración se incorporan cuatro consejeros “profesionales”, propuestos por Calderón, PAN, PRI y FAP, “ratificados por el Senado”. De acuerdo al artículo 18º serán facultades del Consejo, entre otras,
“VIII. Aprobar los términos y condiciones para al contratación de deuda pública …
“X. Aprobar, a solicitud del director general, la constitución de organismos subsidiarios …
“XI. Aprobar, a solicitud del director general, la constitución de empresas filiales ….
Según el párrafo segundo del mismo artículo, “No requerirán aprobación del Consejo”, entre otras, las siguientes operaciones:
“j) … la contratación de obras y servicios relacionadas con los mismos, adquisiciones, arrendamientos y servicios …
Es decir, los contratos podrán otorgarse discrecionalmente y estarán basados en disposiciones legislativas secundarias e inconstitucionales. Los procedimientos son acotaciones que, en ningún caso, suprimen a ninguno de los posibles contratos.

b) Deuda y bonos

Con relación a la deuda se establece, en un “régimen especial de operación”, Apartado A, que Pemex podrá “acudir al mercado externo de dinero y capitales, contratar los financiamientos externos … en moneda extranjera …”.
En el Apartado B de ese régimen, se incluye a los “bonos ciudadanos”, cuyos titulares, “solo podrán ser” las siguientes: “a) Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro; b) Fondos de pensiones; c) Sociedades de inversión para personas físicas y, d) Otros intermediarios financieros que funjan como formadores del mercado”. Todas estas “figuras” se refieren a especuladores o defraudadores.

c) Contratos

En el caso de las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, Pemex podrá “contratar” las mismas, en los términos de los artículos 51º y 52º de la Ley de Pemex, y de acuerdo a los artículos 3º y 4º de la Ley reglamentaria.
En el artículo 54º de la Ley de Pemex se establece que las contrataciones se harán, “por regla general (sic), a través de licitaciones públicas” pero, también, se indica que “por excepción” “las contrataciones podrán llevarse a cabo por medio de procedimientos de invitación o adjudicación directa”. Entre estas últimas están las contrataciones para “desarrollar innovaciones tecnológicas” y los estudios de ingeniería.
En la sección “Modalidades especiales de contratación”, y en el artículo 60º, se indica explícitamente lo concerniente al otorgamiento de contratos que Pemex podrá realizar, con base en el artículo 6º de la Ley reglamentaria. Luego, el artículo 61º se refiere a las “remuneraciones de los contratos de obras y prestación de servicios”.
En suma, se autoriza el otorgamiento de contratos “de toda clase” aplicables a todas las actividades estratégicas a cargo de Pemex. Eso es explícitamente inconstitucional.

Dictamen 7- Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables

Al momento del mitin, este dictamen no había sido puesto en conocimiento del pleno pero se sabe que todos los partidos están “prácticamente” de acuerdo. Se trata de la privatización de las fuentes renovables de energía. Según el dictamen, estas fuentes se utilizarían para generar energía eléctrica, en términos de la LSPEE. De acuerdo a ésta, puede haber generación privada mediante el otorgamiento de permisos privados a cargo de la CRE.
Las objeciones del FAP se refieren a que tales fuentes serían “privatizadas”. ¡Obviamente! Esto ya ocurre actualmente. La CRE ha otorgado permisos para la generación eoloeléctrica, a base del viento, en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, y lo mismos para varios sistemas hidroeléctricos.
Con esas inconstitucionales bases, la propuesta del PVEM es evidentemente inconstitucional y privatizadora. A este respecto, la única salida es eliminar a este dictamen. Aún así, con dictamen o sin dictamen, la privatización de las fuentes renovables está acordada con las reformas a la LOAPF y a la Ley de la CRE. Eso lo aprobaron ya todos los partidos políticos. Se trata de hechos inconstitucionales.

¡Sí hay privatización e-ner-gé-ti-ca!

En el mitin del FTE frente al Senado se concluyó, con base en los hechos y textos escritos por los senadores que, de los siete dictámenes, seis son privatizadores e inconstitucionales. Los medios dicen lo contrario; los políticos y expertos declaran que “se evitó” la privatización de Pemex.
Para el FTE, no solamente hay privatización petrolera sino, también, eléctrica y de todas las fuentes, renovables y no renovables, de energía. El FTE demuestra con hechos, con datos, con textos lo que afirma. Quienes consideran lo contrario, también, debieran demostrarlo. Amistosamente, retamos a los partidos, asesores, expertos y al propio AMLO a que nos demuestren que NO sabemos leer y, menos entendemos, lo que han escrito y están a punto votar.
Este martes 21, los senadores anunciaron, pero no dieron “lectura”, a los cuatro dictámenes faltantes. Luego, “los coordinadores parlamentarios de PRI, PAN, PRD, PT y PVEM, en compañía de la directiva de la Comisión de Energía, ofrecieron una conferencia de prensa para anunciar el acuerdo político de que el jueves aprobarán los siete dictámenes sobre la Reforma Energética sin privatizar a Pemex”. En esta sesión, se presentarán todos los dictámenes, en primera y segunda lectura, se “discutirán” y, seguramente, se votarán.

¡A la lucha mexicanos (as)!

Los legisladores de todos los partidos esperan una votación unánime, debido a que han logrado un gran “consenso”. Se autoengañan. Ese “consenso” no es de los legisladores, las “coincidencias” fueron consultadas, primero, con las petroleras transnacionales. Estas “acordaron las coincidencias” y los legisladores solamente les dan formalidad legislativa.
Hay políticos que se apresuraron a declarar, con base en el matiz logrado a las agresivas propuestas iniciales de Calderón que, “no hay privatización”, esta “se evitó”. El FTE no lo considera así. El propio PRI anunció que había retirado sus propuestas para crear filiales pero, con una redacción ligeramente distinta, se aprobaron en la Ley de Pemex. El mismo PAN declaró que “renunciaba” a que la refinación, el transporte, distribución y almacenamiento de productos petrolíferos y petroquímicos e, incluso, “biocombustibles”, se privatizaran. Sin embargo, salvo la refinación, TODO lo demás lo introdujo como nuevas facultades de la CRE, misma que otorgará permisos privados a los particulares.
Además, los dictámenes ratifican al TLC aceptando la “definición” de un proceso de trabajo petrolero parcial y fragmentado, se ratifican las contrarreformas de 1992 a la LSPEE, así como, las de 1995 a la LRRP. Con esto, no solamente se avala la privatización energética (eléctrica y del gas) sino que se autoriza la continuación impune y, más aún, se aprueba ampliarla a otras fases del proceso de trabajo energético.
¿Cómo se puede afirmar que “se evitó” la privatización si lo que está escrito en los proyectos de decreto dicen lo contrario? La única manera de explicarlo es con mentiras.
Para los legisladores y expertos la lucha casi concluyó y se aprestan a celebrar; para el FTE no hay nada que celebrar y, lejos de concluir la lucha, se inicia ahora una nueva etapa orientada hacia la RE-NACIONALIZACION ENERGETICA.
Este jueves 23 de octubre, el FTE realizará un mitin frente al Senado, de las 12 a las 14 hs., para expresar nuestro rechazo a la privatización energética furtiva. Invitamos a los interesados a participar en este evento. ¡La Constitución NO se negocia! Llamamos a los mexicanos (as) a manifestarse en sus propios lugares, con todas las acciones al alcance.


Frente de Trabajadores de la Energía,
de México

Grupo Democracia Revolucionaria

Contactos:

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